sábado, 2 de enero de 2016

La desamortización de Mendizabal: textos

1. La desamortización de Mendizábal.

Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la Deuda Pública con­solidada, y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces que han venido a ser propiedad de la nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellas las ventajas que no podrían conseguirse por entero de su actual estado, o que se demorarían con notable detrimento de la riqueza nacional otro tanto tiempo como se tardara en proceder a su venta [ ... ], en nombre de mi excel­sa hija la Reina doña Isabel II he venido en decretar lo siguiente:
Art.1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones reli­giosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la nación por cual­quier título o motivo [ ... ]
Art. 10. El pago del precio del remate se hará de uno de estos dos modos: o en títulos de Deuda consolidada o en dinero efectivo.
En el Pardo, a 19 de febrero de 1836.‑ A don Juan Álvarez y Mendizábal.
 
Real Decreto de 19 de fe­brero del 1836, que declara en venta todos los bienes que hayan pertenecido a les corporaciones religiosas suprimidas.
 

5. Sobre los efectos del proceso desamortizador

 
            La desamortización no cumplió las grandes esperanzas depositadas en ella por quienes habían confiado en realizar a través de la misma una reforma agraria. Ni tampoco condujo a la industrialización, (…). Sin embargo, partiendo de los objetivos de sus impulsores, no es evidente considerarla un fracaso. Además de paliar los problemas de la Hacienda pública, transmitió una considerable proporción de la tierra de cultivo a manos de individuos con mayor interés en obtener beneficios de su actividad. Y ello estimuló el aumento de la producción aunque fuera conseguido principalmente sin alterar las técnicas utilizadas.
           
Juan Pablo Fusi y Jordi Palafox España 1808-1996: el desafío de la modernidad.


TEXTO 1
El texto es un fragmento del preámbulo y dos artículos de una fuente histórica primaria de extraordinaria importancia: el Real Decreto de Desamortización de los bienes del clero regular, redactado por Mendizábal y firmado por la reina Mª Cristina. Se trata de un documento de carácter jurídico y de contenido económico-social; su destino es público.
La fecha de 19 de febrero de 1836- recogido por la Gazeta de Madrid dos días más tarde-corresponde a la Regencia de Mª Cristina, durante la minoría de edad de su hija Isabel II.
El autor del texto es Juan Álvarez Mendizábal ( 1790-1853), gaditano, un político liberal progresista que había vivido exiliado en Inglaterra, donde logró hacerse importante financiero. De vuelta a España en 1835 fue nombrado Presidente del Gobierno. Su cese dio lugar al pronunciamiento de los sargentos de La Granja (agosto de 1836), que obligó a la Regente a devolver el poder a los progresistas Mendizábal fue nombrado ministro de Hacienda y reemprendió la desamortización eclesiástica.



TEXTO 2
El texto ha sido escrito por J.P. Fusi y Jordi Palafox. Nos encontramos con un texto de fuente secundaria o historiográfico. Este fragmento es un fragmento de un libro de texto, por tanto el destinatario es público.
Nos dice, que aunque la desamortización no consiguió todos los objetivos para los que se propuso, si que sirvió de ayuda para el aumento de la producción.
La Desamortización fue un hecho fundamental de la España del siglo XIX. Se enmarca dentro de la llamada revolución liberal burguesa, proceso que pretendía desmantelar las estructuras del Antiguo Régimen y reemplazarlas por un nuevo modelo de sociedad liberal.

CONTEXTO: La situación en España era muy preocupante, ya que había estallado la 1ª Guerra Carlista. Los carlistas, partidarios del mantenimiento del Antiguo Régimen, defendían los derechos al trono del infante D. Carlos Mª Isidro, tío de Isabel II. Mª Cristina se vio forzada a gobernar con los liberales en busca de apoyo para su hija; primero con los moderados y tras las revueltas populares en el verano de 1835, con los progresistas desde septiembre.
Aunque en el Antiguo Régimen la agricultura era la fuente principal de riqueza, estaba atrasada, estancada en sus técnicas y era poco productiva; también la estructura de la propiedad de la tierra era mala, ya que estaba en manos de la nobleza y la Iglesia, y además la mayoría de las tierras estaban amortizadas. Esto afectaba a los bienes eclesiásticos -llamados "de manos muertas", porque estaban fuera de la circulación comercial-, a los bienes de la nobleza -vinculados al mayorazgo, es decir que no podían venderse en beneficio del hijo mayor de la familia- y a las tierras municipales -tanto los bienes de propios, que se arrendaban a particulares como los comunes, que usaban los vecinos de forma gratuita-. Se hacía urgente desvincular los bienes de la nobleza y desamortizar los eclesiásticos y los municipales; es decir, sacarlos al mercado libre. Esta es la tarea que van a llevar a cabo los gobiernos progresistas.
El Decreto de 19 de febrero de 1836 establecía la desamortización, es decir, la expropiación por parte del Estado, de los bienes raíces, rentas y derechos que habían pertenecido a las Órdenes religiosas, suprimidas con anterioridad por otro Real Decreto el 11 de octubre de 1835; y una vez convertidos en bienes nacionales, se procedía a su venta a particulares en subasta pública.
En este fragmento del preámbulo del Decreto se indican algunos de los objetivos económicos que se proponían alcanzar los progresistas con la Desamortización: sanear la Hacienda pública, rebajando la deuda acumulada (que desde el reinado de Carlos IV había ido creciendo a causa de la Guerra de la Independencia y la nefasta política económica de Fernando VII; era inmensa en estos momentos debido a la guerra carlista). Movilizar los bienes eclesiásticos amortizados que eran improductivos; al convertirse en propiedad privada aumentaría la productividad y crearían riqueza. La Desamortización era absolutamente necesaria para el desarrollo de la industria y el comercio.
RESULTADOS Y VALORACIÓN:
TRANSFORMACIÓN DE LA PROPIEDAD. La desamortización produjo una radical transformación de la regulación de la propiedad. A finales del siglo XIX estaba consolidada la propiedad privada e individual en España. Aumentó la concentración de la propiedad (tercera fase de la creación del latifundio) ya que compraron tierras quien tenía dinero (nobleza y burguesía), en este sentido no sólo no se fomentó la mediana propiedad sino que aumentaron los minifundios y los latifundios.
BENEFICIADOS Y PERJUDICADOS. Los beneficiados fueron la nobleza, que adquirió tierras y que paso las suyas de carácter institucional a individual, y la burguesía comercial y agraria, que adquirió gran parte de las tierras en venta. Los perjudicados fueron la Iglesia, que perdió su principal base económica (aunque fue compensada), los ayuntamientos y los pequeños campesinos (ya que con la desaparición de los bienes propios y comunales) perdieron una de las bases de su sustento.
CONSECUENCIAS POLÍTICAS, SOCIALES Y CULTURALES. Políticamente se creó una masa de propietarios adictos al régimen liberal. La separación de la Iglesia-Estado se acentuó y desde Octubre de 1836 se produjo una ruptura entre el Estado y la Iglesia hasta que se firmó el concordato con la Santa Sede en 1851 por el que el estado sufragaba los gastos de la Iglesia. El liberalismo español, sobre todo en sus versiones más radicales, adquirió un tono anticlerical. Socialmente aumentó el protagonismo de la burguesía y, sobre todo, apareció una nueva clase social; los jornaleros, que sobre todo en zonas muy latifundistas iban a ser una fuente de problemas durante todo el siglo XIX y parte del XX. Culturalmente la desaparición de instituciones eclesiásticas supuso la destrucción o el deterioro de edificios históricos y la dispersión de su patrimonio, aunque parte se recuperó después en archivos y museos.
VALORACIÓN. La desamortización tuvo como consecuencia final la consolidación del régimen liberal. Pero sus sombras fueron muy importantes. No se produjo un aumento significativo de la producción agraria y la propiedad se concentró más, por lo que el escaso desarrollo agrario impidió una profunda revolución industrial. Se recaudó menos dinero del previsto, pues la mayor parte de las compras se hicieron en Deuda Pública y ésta se devaluó pronto, hubo bastante corrupción. En definitiva, la desamortización no cumplió las grandes esperanzas de realizar una profunda reforma agraria, ni condujo a la industrialización. Pero la desamortización fue inseparable de las dificultades de consolidación de un Estado liberal amenazado por los partidarios del Antiguo Régimen y con unos ingresos fiscales absolutamente insuficientes para hacer frente a los gastos.
LA DESAMORTIZACIÓN Y EL PROBLEMA AGRARIO
No se puede decir que el problema agrario español se iniciara con la desamortización, pero sí que lo agravó y lo consolidó. La desaparición de los bienes comunes y la aparición de grandes latifundios demandantes de mano de obra barata hizo aparecer a una gran masa de jornaleros. Ello a su vez tuvo dos consecuencias, por un lado, el escaso poder adquisitivo de estos jornaleros ralentizó el proceso de industrialización español, y, por otro, sus malas condiciones de vida dan lugar al inicio de sublevaciones y levantamientos en el campo español. Unas insurrecciones campesinas, más violentas y menos organizadas que las industriales, que van a caracterizar buena parte de la historia contemporánea de España.


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