1. La desamortización de
Mendizábal.
Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la Deuda
Pública consolidada, y de entregar al interés individual la
masa de bienes raíces que han venido a ser propiedad de la nación,
a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellas las
ventajas que no podrían conseguirse por entero de su actual estado,
o que se demorarían con notable detrimento de la riqueza nacional
otro tanto tiempo como se tardara en proceder a su venta [ ... ], en
nombre de mi excelsa hija la Reina doña Isabel II he venido en
decretar lo siguiente:
Art.1. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces
de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y
corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido
adjudicados a la nación por cualquier título o motivo [ ... ]
Art. 10. El pago del precio del remate se hará de uno de estos dos
modos: o en títulos de Deuda consolidada o en dinero efectivo.
En el Pardo, a 19 de febrero de 1836.‑ A don Juan Álvarez y
Mendizábal.
Real Decreto de 19 de febrero del 1836, que declara en venta
todos los bienes que hayan pertenecido a les corporaciones religiosas
suprimidas.
5. Sobre los efectos del proceso desamortizador
La
desamortización no cumplió las grandes esperanzas depositadas en
ella por quienes habían confiado en realizar a través de la misma
una reforma agraria. Ni tampoco condujo a la industrialización, (…).
Sin embargo, partiendo de los objetivos de sus impulsores, no es
evidente considerarla un fracaso. Además de paliar los problemas de
la Hacienda pública, transmitió una considerable proporción de la
tierra de cultivo a manos de individuos con mayor interés en obtener
beneficios de su actividad. Y ello estimuló el aumento de la
producción aunque fuera conseguido principalmente sin alterar las
técnicas utilizadas.
Juan Pablo Fusi y Jordi Palafox España 1808-1996: el
desafío de la modernidad.
TEXTO 1
El
texto es un fragmento del preámbulo y dos artículos de una fuente
histórica primaria
de extraordinaria importancia: el Real
Decreto de Desamortización de los bienes del clero regular,
redactado por Mendizábal y firmado por la reina Mª Cristina. Se
trata de un documento de carácter jurídico
y de contenido económico-social;
su destino es público.
La
fecha de 19 de febrero de 1836- recogido por la Gazeta de Madrid dos
días más tarde-corresponde a la Regencia
de Mª Cristina,
durante la minoría de edad de su hija Isabel II.
El
autor
del
texto es Juan
Álvarez Mendizábal
( 1790-1853), gaditano, un político liberal
progresista
que había vivido exiliado en Inglaterra, donde logró hacerse
importante financiero. De vuelta a España en 1835 fue nombrado
Presidente del Gobierno. Su cese dio lugar al pronunciamiento de los
sargentos de La
Granja
(agosto de 1836), que obligó a la Regente a devolver el poder a los
progresistas Mendizábal fue nombrado ministro de Hacienda y
reemprendió la desamortización
eclesiástica.
TEXTO
2
El
texto ha sido escrito por J.P. Fusi y Jordi Palafox. Nos encontramos
con un texto de fuente secundaria o historiográfico. Este fragmento
es un fragmento de un libro de texto, por tanto el destinatario es
público.
Nos
dice, que aunque la desamortización no consiguió todos los
objetivos para los que se propuso, si que sirvió de ayuda para el
aumento de la producción.
La
Desamortización fue un hecho fundamental de la España del siglo
XIX. Se enmarca dentro de la llamada revolución
liberal burguesa,
proceso que pretendía desmantelar las estructuras del Antiguo
Régimen y reemplazarlas por un nuevo modelo de sociedad liberal.
CONTEXTO:
La situación en España era muy preocupante, ya que había estallado
la 1ª Guerra Carlista. Los carlistas, partidarios del mantenimiento
del Antiguo Régimen, defendían los derechos al trono del infante D.
Carlos Mª Isidro, tío de Isabel II. Mª Cristina se vio forzada a
gobernar con los liberales en busca de apoyo para su hija; primero
con los moderados y tras las revueltas populares en el verano de
1835, con los progresistas desde septiembre.
Aunque
en el Antiguo
Régimen
la agricultura era la fuente principal de riqueza, estaba atrasada,
estancada en sus técnicas y era poco productiva; también la
estructura de la propiedad de la tierra era mala, ya que estaba en
manos de la nobleza y la Iglesia, y además la mayoría de las
tierras estaban amortizadas.
Esto afectaba a los bienes eclesiásticos -llamados "de
manos muertas",
porque estaban fuera de la circulación comercial-, a los bienes de
la nobleza -vinculados al mayorazgo, es decir que no podían venderse
en beneficio del hijo mayor de la familia- y a las tierras
municipales
-tanto los bienes de propios, que se arrendaban a particulares como
los comunes, que usaban los vecinos de forma gratuita-. Se hacía
urgente desvincular
los bienes de la nobleza y desamortizar
los eclesiásticos y los municipales; es decir, sacarlos al mercado
libre. Esta es la tarea que van a llevar a cabo los gobiernos
progresistas.
El
Decreto
de 19 de febrero de 1836
establecía la
desamortización,
es decir, la expropiación por parte del Estado, de los bienes
raíces, rentas y derechos que habían pertenecido a las Órdenes
religiosas,
suprimidas con anterioridad por otro Real Decreto el 11 de octubre de
1835;
y una vez convertidos en bienes nacionales, se procedía a su venta a
particulares en subasta pública.
En
este fragmento del preámbulo del Decreto se indican algunos de los
objetivos
económicos
que se proponían alcanzar los progresistas con la Desamortización:
sanear
la Hacienda pública, rebajando la deuda acumulada (que desde el
reinado de Carlos IV había ido creciendo a causa de la Guerra de la
Independencia y la nefasta política económica de Fernando VII; era
inmensa en estos momentos debido a la guerra carlista). Movilizar los
bienes eclesiásticos amortizados que eran improductivos; al
convertirse en propiedad privada aumentaría la productividad y
crearían riqueza. La Desamortización era absolutamente necesaria
para el desarrollo de la industria y el comercio.
RESULTADOS
Y VALORACIÓN:
TRANSFORMACIÓN
DE LA PROPIEDAD. La desamortización produjo una radical
transformación de la regulación de la propiedad. A finales del
siglo XIX estaba consolidada la propiedad privada e individual en
España. Aumentó la concentración de la propiedad (tercera fase de
la creación del latifundio) ya que compraron tierras quien tenía
dinero (nobleza y burguesía), en este sentido no sólo no se fomentó
la mediana propiedad sino que aumentaron los minifundios y los
latifundios.
BENEFICIADOS
Y PERJUDICADOS. Los beneficiados
fueron la nobleza, que adquirió tierras y que paso las suyas de
carácter institucional a individual, y la burguesía comercial y
agraria, que adquirió gran parte de las tierras en venta. Los
perjudicados
fueron la Iglesia, que perdió su principal base económica (aunque
fue compensada), los ayuntamientos y los pequeños campesinos (ya que
con la desaparición de los bienes propios y comunales) perdieron una
de las bases de su sustento.
CONSECUENCIAS
POLÍTICAS, SOCIALES Y CULTURALES. Políticamente se creó una masa
de propietarios adictos al régimen liberal. La separación de la
Iglesia-Estado se acentuó y desde Octubre de 1836 se produjo una
ruptura entre el Estado y la Iglesia hasta que se firmó el
concordato con la Santa Sede en 1851 por el que el estado sufragaba
los gastos de la Iglesia. El liberalismo español, sobre todo en sus
versiones más radicales, adquirió un tono anticlerical. Socialmente
aumentó el protagonismo de la burguesía y, sobre todo, apareció
una nueva clase social; los jornaleros, que sobre todo en zonas muy
latifundistas iban a ser una fuente de problemas durante todo el
siglo XIX y parte del XX. Culturalmente la desaparición de
instituciones eclesiásticas supuso la destrucción o el deterioro de
edificios históricos y la dispersión de su patrimonio, aunque parte
se recuperó después en archivos y museos.
VALORACIÓN.
La desamortización tuvo como consecuencia final la consolidación
del régimen liberal. Pero sus sombras fueron muy importantes. No se
produjo un aumento significativo de la producción agraria y la
propiedad se concentró más, por lo que el escaso desarrollo agrario
impidió una profunda revolución industrial. Se recaudó menos
dinero del previsto, pues la mayor parte de las compras se hicieron
en Deuda Pública y ésta se devaluó pronto, hubo bastante
corrupción. En definitiva, la desamortización no cumplió las
grandes esperanzas de realizar una profunda reforma agraria, ni
condujo a la industrialización. Pero la desamortización fue
inseparable de las dificultades de consolidación de un Estado
liberal amenazado por los partidarios del Antiguo Régimen y con unos
ingresos fiscales absolutamente insuficientes para hacer frente a los
gastos.
LA
DESAMORTIZACIÓN Y EL PROBLEMA AGRARIO
No
se puede decir que el problema agrario español se iniciara con la
desamortización, pero sí que lo agravó y lo consolidó. La
desaparición de los bienes comunes y la aparición de grandes
latifundios demandantes de mano de obra barata hizo aparecer a una
gran masa de jornaleros. Ello a su vez tuvo dos consecuencias, por un
lado, el escaso poder adquisitivo de estos jornaleros ralentizó el
proceso de industrialización español, y, por otro, sus malas
condiciones de vida dan lugar al inicio de sublevaciones y
levantamientos en el campo español. Unas insurrecciones campesinas,
más violentas y menos organizadas que las industriales, que van a
caracterizar buena parte de la historia contemporánea de España.
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