viernes, 11 de enero de 2013

El sexenio (1868-1874)


Los años comprendidos entre 1868 y 1874 constituyen uno de los períodos más agitados de nuestra Historia contemporánea. El “sexenio revolucionario” comienza en septiembre de 1868 con un pronunciamiento contra el gobierno y el destronamiento de Isabel II, pero pronto los acontecimientos se precipitan y las fases se suceden con gran rapidez: gobierno provisional, monarquía democrática, república unitaria, república federal, insurrección cantonal.

1.    La revolución de 1868

1.1    Los precedentes:

En 1866 se inicia una crisis económica de doble naturaleza: de tipo moderno —financiera e industrial— y de tipo antiguo —crisis de subsistencias—. La crisis financiera internacional, con el hundimiento de la Bolsa y el parón del tendido ferroviario, provocó la quiebra de muchos bancos y empresas. La industria textil catalana sufrió también el recorte de las exportaciones de algodón por causa de la Guerra de Secesión norteamericana. A la crisis financiera e industrial se añade una crisis de subsistencias por las malas cosechas de 1867-1868 con sus secuelas de carestía de alimentos, hambre y mortalidad. El fuerte descontento popular beneficiará a los partidos más radicales: demócratas y republicanos.
A esta crisis económica y social se unirá la muerte de algunos de los más destacados líderes políticos del periodo isabelino como O’Donnell (1867) o Narváez (1868), y la aguda crisis política del régimen moderado, desprestigiado por escándalos de corrupción y gobernando, con frecuencia, en el límite o al margen de la legalidad parlamentaria. Ante esa situación los partidos de la oposición —Progresista, Unión Liberal y Demócrata— optaron por preparar un golpe de Estado para destronar a Isabel II (Pacto de Ostende).

1.2    Las Juntas revolucionarias y Gobierno provisional

La revolución comenzó con un pronunciamiento de la marina, almirante Topete, y del ejército, generales Prim y Serrano, a los que se fueron sumando Juntas Revolucionarias primero de Andalucía y luego del resto de España. Tras la derrota de las fuerzas leales a la reina en Puente de Alcolea, ésta tiene que abandonar España. Se formará entonces un Gobierno Provisional, compuesto por unionistas y progresistas pero con fuerte influencia de los demócratas. Las elecciones a Cortes Constituyentes, mediante sufragio universal directo, dieron la mayoría a la coalición antiborbórnica —unionistas, progresistas y demócratas— partidaria de una monarquía democrática. A su izquierda quedó una fracción que, escindida del partido demócrata, había formado el Partido Republicano.

2.    La Monarquía Democrática (1871-1873)

2.1    La Constitución de 1869

La nueva Constitución  establecía un régimen monárquico basado en el principio de la soberanía nacional. Recogía una amplia declaración de derechos y libertades individuales, sufragio universal y directo para los hombres mayores de 25 años, y la libertad de cultos. Las Cortes, bicamerales —Congreso de los Diputados y Senado— y elegidas ambas por sufragio universal, asumen completamente la aprobación de las leyes y tienen iniciativa legislativa. El ejecutivo, de acuerdo con la fórmula británica del «rey reina pero no gobierna», era desempeñado por los ministros responsables ante las Cortes.

2.2    Una nueva dinastía y una nueva política

Como hemos visto, la Constitución establecía un régimen monárquico. El problema residió en quién ocuparía el trono vacante, descartada la candidatura de Alfonso XII, hijo y heredero de Isabel II. Finalmente, Prim y los progresistas lograron que Amadeo de Saboya, hijo de Víctor Manuel II de Italia, aceptase la Corona. Pero su elección por las Cortes Constituyentes (noviembre de 1870) como nuevo Rey de España, distó de ser unánime (191 votos de favor de un total de 335). El asesinato de Prim (diciembre de 1870)  privó a Amadeo I de su apoyo fundamental.
Pronto comenzaron las dificultades
1). La oposición de la burguesía textil catalana, descontenta con la nueva política económica de signo librecambista que había reducido las tarifas aduaneras (arancel de 1869).
2). El descontento de los republicanos por la forma monárquica de gobierno. En septiembre de 1869 tuvo lugar un levantamiento armado republicano que obligó al gobierno a suspender las garantías constitucionales y declarar el estado de guerra.
3). La conflictividad social. La crisis agraria y el desempleo desataron la rebeldía  del campesinado andaluz en el que la revolución había despertado la idea del reparto de tierras, en las ciudades va introduciéndose un nueva táctica de acción política, típica de la sociedad industrial, la huelga. Y con la introducción en España de las ideas de la I Internacional (1872) obreros y campesinos irán distanciándose de los partidos y objetivos, típicamente burgueses, de la revolución de septiembre y evolucionando hacia posiciones anarquistas.
4) El inicio de un movimiento secesionista en Cuba, que pronto contó con el apoyo de los grandes hacendados y la complicidad de Estados Unidos. Entraremos así en la primera fase de la guerra de Cuba (1868-1878).

2.3    La crisis de la Monarquía Democrática

Tras la muerte de Prim los unionistas se alejaron del régimen y se acercaron a los partidarios de Alfonso XII. Además el partido progresista se escindió: Sagasta encabezó una fracción llamada constitucionalista partidaria de aproximarse a los unionistas aunque fuese a costa de la ruptura con los demócratas, y los radicales de Ruiz Zorrilla buscaron atraerse a los demócratas, ampliando el programa de reformas democráticas (abolición de la esclavitud en Cuba y separación Iglesia-Estado, etc).
La Iglesia católica se oponía al nuevo régimen por la cuestión de la libertad religiosa. La nobleza terrateniente temía la reforma agraria. La alta burguesía se creía amenazada por el auge del movimiento obrero. Los republicanos se oponían a la monarquía y se declaraban en favor de la República Federal. El carlismo, que había cobrado un nuevo impulso con el destronamiento de Isabel II, inició en mayo de 1872 una tercera guerra carlista que no concluiría hasta 1876. En este ambiente de gran inestabilidad Amadeo abdicó en febrero de 1873.

3.    La Primera República

3.1    La implantación de la República

Tras la renuncia de Amadeo I, las Cortes decidieron someter a votación la proclamación de una República, aprobada el 11 de febrero de 1873 por amplia mayoría.
El Gobierno Provisional, una coalición de progresistas radicales, demócratas  y republicanos, fue presidido por el federal Figueras. Casi inmediatamente comenzaron los conflictos:
El conflicto entre Unitarios y Federales. Los dirigentes republicanos pospusieron la decisión del tipo de república, unitaria o federal, a las Cortes constituyentes. Pero los federales, que aspiraban a una inmediata configuración federal del Estado se lanzaron a la insurrección e intentaron proclamar el Estado Catalán dentro de la República Federal Española.
Las revueltas populares. El malestar se extendió también al campo donde los campesinos identificaban la República con el reparto inmediato de tierras. En Andalucía se produjeron muy graves disturbios como los de Montilla (Córdoba). En las ciudades las movilizaciones populares reclamaban la abolición de los consumos y las quintas. Los primeros eran los impuestos más impopulares entre las clases humildes puesto que gravaban los productos básicos (vino, carne, jabón, etc.). Las quintas eran el sistema de reclutamiento de soldados. En origen se llamaba a filas a un joven de cada cinco, entre los 20 y 30 años. Todo el mundo podía ser llamado a filas, pero se podía librar mediante un pago en metálico al Estado (redención), o ser substituido por otro, al que se le pagaba por ello. Así, los ricos podían librarse del servicio militar mientras los pobres debían abandonar trabajo y familia, o endeudarse de por vida para pagar la redención.

3.2    La República Federal

La mayoría parlamentaria federal. Las elecciones a Cortes Constituyentes dieron una abrumadora mayoría a los republicanos federales, pero con una abstención del 60 % del electorado, ya que los radicales, constitucionalistas y alfonsinos no quisieron participar. El 1 de junio de 1873 las Cortes Constituyentes definieron el régimen como una República federal. Se nombró un nuevo Gobierno presidido por Pi y Margall.
Una comisión de la Cortes se encargó de redactar un proyecto de Constitución federal. Contemplaba la separación total entre Iglesia y Estado, el matrimonio civil, estructura federal integrada por 17 Estados. Pero no llegó a aprobarse porque el régimen no pudo a estabilizarse y los problemas se extendieron y agudizaron.
La Guerra Carlista. La Guerra Carlista se reanudó en abril de 1873, favorecida por la falta de control del régimen sobre los militares y la indisciplina de muchas unidades. Los carlistas tras las victorias de Eraul y Montejurra pusieron sitio a Bilbao. El dominio de las provincias vascas les permitió formar un Estado carlista.
El problema de Cuba. La República tampoco logró controlar la situación cubana. Los proyectos de reformas políticas y sociales, entre los que destacaba la abolición de la esclavitud, chocaron con la oposición de los hacendados apoyados por los militares, y convirtieron a la isla en uno de los principales apoyos a la causa alfonsina.

3.3    La insurrección cantonal

En julio de 1873 el ala izquierda de los republicanos federales se retiraró de las Cortes e inició la revolución cantonal. El cantonalismo, nacido de la fusión del republicanismo federal y el anarquismo bakuninista, aspiraba a dividir el Estado en cantones independientes, y se extendió por Levante y Andalucía. El gobierno fue incapaz de controlar la situación y asegurar el orden, lo que provocó la caída de Pi y Margall.
El nuevo presidente, Salmerón, recurrió al ejército que aplastó la revolución cantonal con facilidad, con la excepción del cantón malagueño y, sobre todo, del de Cartagena que resistió varios meses. Pero Salmerón dimitió por motivos de conciencia, al negarse a firmar dos penas de muerte impuestas por la autoridad militar. Las Cortes eligieron a Castelar quien obtuvo poderes extraordinarios que le permitieron suspender las garantías constitucionales y gobernar por decreto.

3.4    El fin de la República

El 3 de enero de 1874, Pavía, capitán general de Madrid, que temía la vuelta a la inestabilidad tras una derrota de Castelar en las Cortes ese mismo día, invadió el Congreso con fuerzas de la Guardia Civil y disolvió la Asamblea. El propio Pavía reunió a militares y dirigentes de los partidos opuestos a la República Federa y se formó un Gobierno presidido por el general Serrano.
Pero la impopularidad de la República era ya muy grande y la idea de un retorno a la monarquía borbónica, en la figura del hijo de Isabel II, Alfonso, contaba cada vez con más amplios apoyos: la burguesía catalana, la aristocracia madrileña, los círculos cubanos, y la joven oficialidad del ejército. En diciembre de 1874 el pronunciamiento militar de Sagunto, dirigido por el general Martínez Campos, impuso la Restauración de Alfonso XII.

4.     Documentos

4.1    La Monarquía Democrática

4.1.1    La crisis económica.

Períodos
Construcción d la red ferroviaria (índice = 100)
Crecimiento
(en %)
Importaciones de hierro
(índice =100)
Crecimiento
(en %)
1851-1853
100
100
1854-1856
161
61
139
39
1857-1859
330
105
468
237
1860-1862
834
153
648
38
1863-1865
1.107
33
804
24
1866-1868
288
—73
258
—68

Fuente:                FONTANA, J.; Cambio económico y actitudes políticas, 1973.
·    Analiza los datos y saca conclusiones sobre la postura de los financieros respecto al gobierno de Isabel II.
·       Relaciona la evolución del precio del trigo con los acontecimientos políticos de 1868 y las causas del descontento popular.

4.1.2    La crisis política

Es preciso, absolutamente preciso, un huracán que despeje esta corrompida atmósfera: la prostitución en el trono, el más abyecto servilismo en la corte, la cobardía y la bajeza en los cuerpos colegisladores; he aquí el triste espectáculo de la máquina gubernamental española. (...) sólo existen en las camarillas gubernamentales, hombres dispuestos a sacrificar por una sonrisa de la moderna Mesalina (Isabel II), la libertad y la honra de su patria(...)
¡Abajo la dinastía!: éste debe ser nuestro grito de guerra. Todo debemos subordinarlo a esa idea salvadora; caiga a impulsos de la Revolución este trono carcomido y en sangre de liberales cimentado. No temáis, el gobierno provisional supremo tiene tomadas sus medidas, y de entre las ruinas de lo presente surgirá una nueva era gloriosa. Para ello no se necesita más que esperanza y amor a la libertad. (...)
Es que ha sonado ya la última hora para una institución caduca (...). Ellos lo han querido, en vez de reinar por el amor de sus pueblos han preferido hacerlo por la fuerza de las bayonetas y no han de salvarlo de su ruina ni las cohortes de mercenarios, ni las turbas de los cortesanos. (...)
¡Abajo la dinastía! ¡Viva la Soberanía nacional! ¡Viva la libertad! Junta Revolucionaria de la provincia de Barcelona a sus habitantes. (20 de enero 1867).

4.1.3    El pronunciamiento: “La Gloriosa”.

Ayer gemíais bajo la presión de un Gobierno despótico. Hoy ondea sobre vuestros muros el pendón de la libertad.
La escuadra nacional primero, conducida por el bravo brigadier Topete, la guarnición y el pueblo fraternizando después, han proclamado la revolución, y Cádiz está en armas.
Mientras llega el momento de que la España, libremente convocada decida de sus destinos, es necesario organizarse para continuar la lucha y no dejar las poblaciones huérfanas de toda autoridad.
Esta es la razón que me obliga a elegir una Junta provisional que atienda a los servicios más urgentes, que administre la localidad. (...) Acabemos el movimiento revolucionario, despertemos el entusiasmo y conservemos el orden en las poblaciones, y reservemos al sufragio universal primero, y a las Cortes Constituyentes después, que decidan de nuestros destinos.
Hoy somos todos revolucionarios. Mañana seremos buenos y dignos ciudadanos que acatan el fallo supremo de la Soberanía nacional. (Proclama dada por el general Prim después de revistar las tropas de Cádiz. 19 de septiembre de 1868).

Españoles: la ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, la armada anclada en su puerto y todo el departamento marítimo de La Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal intérprete de los ciudadanos que, en el dilatado ejercicio de la paciencia, no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla. (...)
Queremos que una legalidad común, por todos creada, tenga implícito y constante el respeto de todos.
Queremos que el encargado de observar y hacer observar la Constitución no sea su enemigo irreconciliable. (...)
Queremos que un Gobierno provisional que represente todas las fuerzas vivas del país asegure el orden en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de (...) favoritos, con los amantes del orden (...), con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley, con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio (...), con el pueblo todo y con la aprobación, en fin, de la Europa entera (...)
Acudid a las armas, no con el impulso del encono, siempre funesto, no con la furia de la ira, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada.
¡Viva España con honra!. Cádiz, 19 de septiembre de 1868. (El Manifiesto de la ciudad de Cádiz).
·       a) ¿A qué acontecimientos dio lugar esta proclama? Sitúala en su contexto histórico.
·       b) Sintetiza las razones que condujeron al levantamiento.
·       c) ¿Qué aspiraciones tenían los sublevados?
·       d) Analiza el tono y el lenguaje del texto. Reflexiona sobre si este manifiesto resume las aspiraciones de todos los que se levantaron contra Isabel II en septiembre de 1868.

4.1.4    La Constitución de 1869

La Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad y proveer al bien de cuantos vivan en España decretan y sancionan la siguiente Constitución:
Art. 2. Ningún español o extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.
Art. 3. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las 24 horas siguientes al acto de detención (...)
Art. 5. Nadie podrá entrar en el domicilio de un español o extranjero residente en España sin su consentimiento (...) sólo podrá decretarse por Juez competente.
Art. 14. Nadie podrá ser expropiado de sus bienes sino por causa de utilidad común y en virtud de mandamiento judicial, que no se ejecutará sin previa indemnización (...)
Art. 16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones (...)
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español: Del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento (...) Del derecho de reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública (...) Del derecho de dirigir peticiones individual o colectivamente a las Cortes, al rey, a las autoridades.
Art. 21. La nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica.
Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación de la cual emanan todos los poderes.
Art. 33. La forma de gobierno de la Nación española es la Monarquía. (...) (Constitución de 1869).

4.1.5    La Internacional en España

(...) Nosotros fabricamos los palacios, nosotros tejemos las más preciadas telas, nosotros apacentamos los rebaños, nosotros labramos la tierra, extraemos de sus entrañas los metales, levantamos sobre los caudalosos ríos puentes de hierro y piedra, dividimos las montañas, juntamos los mares (...) y sin embargo oh, dolor, desconfiamos de bastarnos para realizar nuestra emancipación. ¿Qué seria de la sociedad sin nosotros? Preguntadles a los que se prodigan alabanzas porque recogieron un caudal de los que llaman con cínico descaro su cosecha; preguntadles dónde dejó la huella el arado a sus delicadas manos; decidles dónde apagaron la ardiente sed que experimentaban después de llevar algunas horas encorvados y sufriendo los candentes rayos de un sol ardiente durante la siega; (...) pero dueños en cambio de un capital que en nada contribuyeron a producir, que por nada lo han merecido, pero que lo han heredado, suprema razón preguntadles cuando blasonan de que en pocos años han duplicado su caudal, qué parte de aquél es verdaderamente fruto de su trabajo, y si os contestan que todo (que así lo harán) dejad que su juicio imparcial determine, si tanto ganaron ellos por lo que hicieron, que fue muy poco, qué parte os correspondería a cada uno de los veinte, treinta o cien operarios por lo que trabajasteis, que fue mucho; (...)
Aquí todos somos trabajadores. Aquí todo lo esperamos de los trabajadores. Si acudís, cumplís un deber; sí permanecéis indiferentes, conste que os suicidáis y tendréis que avergonzaros el día que no sepáis cómo responder a vuestros hijos, cuando os pregunten qué habéis construido vosotros para el edificio de la sociedad del porvenir, que tan laboriosa y activamente se ocupan en levantar los trabajadores del resto del mundo.
Salud, Trabajo y Justicia. Manifiesto del Comité de la Sección Organizadora Central de la Asociación Internacional de Trabajadores en España. (Madrid, 24 de diciembre de 1869)

4.1.6    La renuncia de Amadeo de Saboya

Dos años largos ha que ciño la Corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles, todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien, y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamar de los partidos, entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera (...) nadie achacará a flaqueza de mi ánimo esta resolución. No habría peligro que me moviera a desceñirme la corona si creyera que la llevaba en mis sienes para bien de los españoles (...) (Discurso de renuncia de Amadeo de Saboya al trono español. 11 de febrero de 1873)
·       Analiza con qué argumentos renunció Amadeo de Saboya al trono.

4.2    La Primera República

4.2.1    Las corrientes republicanas

Poco después de la revolución de septiembre, el Partido Demócrata sufrió una escisión y gran parte de sus afiliados constituyeron el Partido Demócrata Republicano Federal, dirigido por Francisco Pi y Margall. El federalismo propugnaba la realización de un sistema de pactos libremente establecidos entre los distintos pueblos o regiones histórico-culturales como una nueva forma de articular el Estado español. Defendía también la forma republicana de gobierno y el laicismo del Estado (ausencia de confesión religiosa oficial); era antimilitarista y anticlerical, y sustentaba un proyecto de transformación social que compaginaba la ampliación de los derechos democráticos con una defensa de la intervención del Estado en la regulación de las condiciones laborales. Contaba con el apoyo de la pequeña burguesía, de las clases populares urbanas y con parte del movimiento campesino y obrero, antes de que éste fuera atraído por las ideas anarquistas y socialistas
Pero los republicanos federales no eran un bloque ideológicamente homogéneo. En realidad, se hallaba dividido en dos tendencias: los benévolos y los intransigentes. Los benévolos (Pi y Margall) controlaban la dirección central del partido y mostraban especial preocupación por el respeto a la legalidad, siendo contrarios a las insurrecciones armadas y a las movilizaciones populares reivindicativas. Los intransigentes (José Mª de Orense) defendían, contrariamente, el recurso a la vía insurreccional como método para proclamar la República federal. Una república que exigía como paso previo la proclamación inicial de la independencia de los distintos territorios con una personalidad histórica diferenciada. Existía, por último, un sector de los republicanos, conocidos como unitarios (Castelar), que también defendían el modelo republicano de Estado, pero diferían en la forma de organización estatal. Eran partidarios de un Estado no federal sino centralizado, y mantenían posiciones mucho más conservadoras desde el punto de vista político y social. (Panorama Vicens Vives)

4.2.2    Los consumos y las quintas.

Vayan los consumos fuera, que así lo pide el pueblo; los derechos de puerta, fuera, que es lo que al puebla conviene. / También el de hipotecas, que molestado nos tiene; y las contribuciones indirectas, que a todo el pueblo conviene. / No poner más policía de la que está existiendo; armar toda la milicia, y a la instrucción prontamente. Coplas populares. (1870-71)
Nada le importa al potentado destinar la cantidad que malgasta en un día, en una semana o en un mes para librar a su hijo del servicio, mientras que el pobre debe pasar un considerable número de años, los mejores de su juventud en el éjercito, olvidando su oficio, perdiendo la afición al trabajo y contrayendo hábitos, que con dificultad deja durante su vida. (...) “Las quintas”. Boletín republicano (1869).

4.2.3    La constitución federal

La Nación española reunida en Cortes Constituyentes, deseando asegurar la libertad, cumplir la justicia y realizar el fin humano a que está llamada la civilización, decreta y sanciona el siguiente Código fundamental (...)
Art. 34. El ejercicio de todos los cultos es libre en España.
Art. 35. Queda separada la Iglesia del Estado.
Art. 39. La forma de gobierno de la nación española es la República federal.
Art. 40. En la organización política de la nación española todo lo individual es de la pura competencia del individuo; todo lo municipal es del Municipio; todo lo regional es del Estado, y todo lo nacional es de la Federación (...). Proyecto de Constitución Federal. (1873)
·       Valora qué aspectos son absolutamente novedosos en esta Constitución respecto a las anteriores.

4.2.4    El desencanto popular

A la noticia de que la proclamación de la República, y más aún a la de que los republicanos de siempre, los republicanos federales, eran los encargados de regir los destinos de la nación española, se pusieran en febril movimiento cuantos habían considerado nuestras promesas como los faros de sus puertas de salvación. Los obreros (...) pensaron que la República federal les traía no la igualación absurda de las fortunas, no el reparto de los bienes en la plaza pública, no las demás calumnias que en sus lenguas ponen sus explotadores, pero si la alegría de sus pobres viviendas (...), la justicia en el trabajo (...), la evidencia de que ninguna tarde verían hundirse el sol sin tener para sus hijos el pan que tantas veces les pidieran en balde (...). Los labradores también saludaron con júbilo (...) la República federal (...). Los jornaleros, que quieren cobrar ya que no el producto íntegro de su trabajo, que sería lo justo, al menos un jornal que les baste para satisfacer siquiera las primeras necesidades de la vida (...). Pero pasan semanas y pasan meses (...) y las clases obreras leen un manifiesto firmado por muchos notables del partido (...) en que va envuelta la amenaza de siempre: “orden”, es decir, ‘sufre y calla o te ametrallo’, y los gobernantes declaran que se encierran dentro de la más severa legalidad realista; y la Gaceta en vez de reformas, publica altos nombramientos a favor de enemigos encarnizados de la República (...) y obreros, labradores (...) todos pierden la fe y la esperanza y se entregan a la más cruel desesperación. Discurso del diputado federal Sr. Navarrete en las Cortes. (Julio de 1873)
·       Analiza el texto y explica las causas del desencanto popular respecto al gobierno republicano.

4.2.5    Los problemas de la República

En 1873, el nacimiento de la República había acelerado y animado el conflicto carlista, y la guerra había dejado de ser un problema de unas cuantas partidas armadas para convertirse en un verdadero frente abierto, costoso, contra un auténtico ejército que dominaba diversos territorios en las zonas tradicionalmente carlistas. En el mes de julio se extendió por gran parte de Cataluña, desde donde se hicieron incursiones hacia Teruel y Cuenca, y se consolidó en las provincias vascas y el Maestrazgo. En esos lugares se fue articulando, incluso, un embrión de Estado, y los Ayuntamientos y Diputaciones se organizaron bajo principios forales, impulsando la lengua local y las instituciones tradicionales. Algunos éxitos militares de las tropas gubernamentales impidieron la extensión del movimiento a las ciudades, pero fueron incapaces de acabar con el conflicto, que se prolongaría hasta 1876.
En Cuba, la guerra iniciada en 1868 continuaba y la República fue incapaz de mejorar la situación, entre otros motivos porque las autoridades y funcionarios españoles en Cuba eran en gran parte proclives, desde la época de Amadeo de Saboya, a la solución monárquica encarnada en el proyecto de restauración borbónica, en la persona de Alfonso XII, y, por tanto, actuaron al margen del poder central. Aun así, los gobiernos republicanos intentaron dar una solución al problema cubano con el proyecto de estructuración federal del Estado que consideraba a Cuba o Puerto Rico como un Estado más de la Federación española.
En las zonas con fuerte implantación republicana, la población, radicalizada por las aspiraciones revolucionarias expandidas por los propagandistas de los núcleos bakuninistas de la Internacional, se alzó en cantones independientes. A lo largo del mes de julio se proclamó el cantón de Cartagena, y los de Sevilla, Cádiz, Torre-vieja, Almansa, Granada, Castellón, Málaga, Salamanca, Valencia, Bailén, Andújar, Tarifa, Algeciras y Alicante. Los protagonistas de los levantamientos cantonalistas eran un conglomerado social compuesto por artesanos, tenderos y asalariados y fueron dirigidos en general por los federales intransigentes, decepcionados por el rumbo de los acontecimientos de la nueva República.
Pi y Margall, en aquel momento al frente del gobierno, dimitió ante la disyuntiva de tener que sofocar por las armas la revuelta, y fue sustituido por Salmerón, quien dio por acabada la política de negociación y persuasión con los cantones e inició una acción militar contra el movimiento. Excepto en Cartagena, la intervención militar acabó rápidamente con el cantonalismo y dio un inmenso poder a los generales del ejército que asumieron la represión, con lo que se inició un progresivo desplazamiento hacia la derecha. Salmerón dimitió a principios de septiembre al sentirse moralmente incapaz de firmar las penas de muerte impuestas por la autoridad militar contra activistas del cantonalismo.

4.2.6    La revolución cantonal en Cartagena

La Junta Soberana (del Cantón de Cartagena) (...), interpretando las aspiraciones del pueblo de Cartagena, ha estimado conveniente establecer:
La instrucción gratuita, obligatoria, elemental, con responsabilidad personal de los jefes de familia y colectividades encargadas de la educación de la infancia (...)
Queda terminantemente prohibida, bajo la más estricta responsabilidad de los profesores y encargados de los colegios (...) la enseñanza en los mismos de dogmas, ni religión positiva, debiendo para la moral atenerse a los principios de la ciencia y de los deberes sociales. (...)
Considerando que las iglesias han sido constituidas con los intereses colectivas del pueblo y que por tanto no pueden ser propiedad exclusiva de una asociación particular (...) Esta Junta Soberana de salvación acuerda: Quedan confiscados todos las bienes que pertenezcan a las asociaciones religiosas, que pasan desde luego a la propiedad colectiva del Cantón (...)
Considerando que la propiedad es uno de los derechos más legítimos del hombre, siempre que sea resultado indispensable de su trabajo. (...) Quedan confiscados y declarados propiedad colectiva del Cantón todas los bienes que radiquen en su término y que disfruten sus actuales dueños por herencia y con origen de gracia o donación real, tales como vinculaciones, mayorazgos, capellanías (...) Cartagena, 1 de octubre de 1873.


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